Los vínculos

La protección del patrimonio histórico, artístico y paisajístico está establecido en el artículo 9 de la Constitución Italiana. Consiste, según la definición del Código de los Bienes Culturales y del Paisaje, en el ejercicio de las funciones y en la disciplina de actividades directas, sobre la base de una actividad de conocimiento adecuada para identificar los bienes que constituyen el patrimonio cultural y garantizar su protección y conservación con fines de utilidad pública.

El Código de los Bienes Culturales y del Paisaje enumera una serie de acciones que prevén principalmente la prevención (art. 29 párrafo 2), como un conjunto de actividades destinadas a limitar las situaciones de riesgo relacionadas con el bien en su contexto; mantenimiento (art. 29 párrafo 3) como un conjunto de intervenciones destinadas a determinar el estado de conservación y eficiencia funcional del bien, y finalmente la restauración. La conservación tiene un carácter general y, actuando como una actividad de protección del bien, es parte de la tutela en lugar de la valorización. La tutela tiene como objetivo principal impedir que el bien se degrade en su consistencia física y, por lo tanto, en su contenido cultural, y por eso se incluye plenamente la restauración.

Además de la tutela (art. 3), el Código también prevé la valorización del patrimonio cultural (art. 6), es decir, aquellas actividades destinadas a promover el conocimiento del patrimonio cultural y a garantizar las mejores condiciones de utilización y uso público del patrimonio, también por parte de personas con discapacidad, para promover el desarrollo de la cultura. Incluye la promoción y el apoyo a intervenciones de conservación del patrimonio cultural.

La tutela y la valorización son, como se mencionó anteriormente, respaldadas por la conservación (art. 29), es decir, por una actividad coherente, coordinada y planificada de estudio, de prevención, de mantenimiento y de restauración. La tutela es competencia exclusiva del Estado que dicta las normas y emite las medidas administrativas necesarias para garantizarla; la valorizaciónse lleva a cabo simultáneamente entre el Estado y la Región, y también preve la participación de personas naturales o jurídicas privadas.

La Palladiana está sujeta a un vínculo de protección histórico y artístico, de conformidad con los artículos 2 y 3 de la ley n. 1089 de 06.06.1939, “Protección de cosas de interés artístico o histórico”, transcrita en Padua el 24.06.1971 a n. 9218/7246 por el Ministerio de Educación (Dirección General de Antigüedades y Bellas Artes) con decreto de 13 de marzo de 1971 (datos catastrales: F.8, sección A, m.86/87) y está registrado en el Istituto Regionale Ville Venete. Un decreto adicional del Ministro de Educación del 09.04.1973 ha creado un vínculo con fines de protección ambiental también ha impuesto una restricción a la construcción en terrenos adyacentes a la propiedad y establecido requisitos particulares para las propiedades circundantes.

Carta de Servicio de las Villas Venecianas

Los principios fundamentales de la Carta de Servicio de las Villas Venecianas (Resolución del Parlamento Regional n. 2390 del 4 de agosto de 2009 – Resolución del Parlamento Regional n. 1809 de 13 de julio de 2010), señalan:

  • la villa, como un bien cultural, como se define en el catálogo del IRVV, es importante por sus características históricas, arquitectónicas, artísticas o paisajísticas reconocidas y constituye una atracción turística;
  • la villa como una valorización del territorio circundante. Para asumir las características de un producto turístico-cultural integrado, las “Villas Venecianas” deben interactuar con el territorio para valorizarlo y, a su vez, ser valorizadas por el mismo, en consideración al papel que han desempeñado a lo largo de los siglos en la evolución social, cultural y económica del Véneto. 1
  1. Documento Piano Regionale di Valorizzazione Turistica delle Ville Venete, La Carta dei Servizi delle Ville Venete, Delibera della Giunta regionale n. 2390 del 4 agosto 2009. “La presente Carta dei Servizi intende rispondere all’esigenza di fissare principi e regole comuni per la valorizzazione delle Ville Venete e del loro territorio quale prodotto turistico. A tal fine vengono definiti degli standard comuni alle ville i cui proprietari aderiscano al presente disciplinare, così da consentire, da un lato, agli operatori turistici la promozione organica del prodotto turistico-culturale “Ville Venete” e, dall’altro lato, ai turisti di riconoscere nelle “Ville Venete” una destinazione di qualità con una precisa identità; inoltre, tale Carta costituisce uno strumento di comunicazione e di  informazione che permette di conoscere i servizi offerti, di verifica che gli standard degli stessi siano rispettati e per esprimere valutazioni anche attraverso forme di reclamo. La Carta sarà aggiornata periodicamente per consolidare i livelli di qualità raggiunti e registrare i cambiamenti positivi intervenuti attraverso la realizzazione di progetti di miglioramento, che possono scaturire anche dal monitoraggio periodico dell’opinione dei visitatori. L’adesione alla Carta dei servizi costituisce presupposto di priorità per l’inserimento della villa nel circuito di promozione turistica della Regione del Veneto.” Delibera della Giunta regionale n. 1809 del 13 luglio 2010.  La Carta dei servizi semplificata. “Con deliberazione di Giunta regionale n. 1809 del 13 luglio 2010 è stata adottata una Carta dei servizi semplificata per quanto riguarda quelle ville che sono iscritte nel catalogo dell’Istituto Regionale Ville Venete – IRVV – ma che nell’ambito dell’edificio catalogato come villa veneta svolgono attività d’impresa aperta al pubblico (di ricettività, di ristorazione, o altro).[]


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